Recientemente, el 18 de febrero, se ha publicado el segundo borrador del texto sobre la regularización ordinaria de extranjeros que tendrá lugar en España en 2026.
El texto contiene algunas novedades respecto al anterior, entre las que vamos a analizar:
NO SOLICITANTES DE ASILO
En caso de que nunca hayas solicitado el asilo, puedes acogerte a la regularización en los siguientes aspectos:
PERMANENCIA EN ESPAÑA
El texto dicta que:
Las personas extranjeras que se encontraran en España antes del 1 de enero de 2026, podrán solicitar una autorización de residencia.
Disposición transitoria Sexta
Por tanto, se exige haber entrado en España, como máximo, el 31 de diciembre de 2025, día incluido.
Se podrá acreditar mediante el Pasaporte Completo, con el sello de entrada del aeropuerto. Es importante conservar el pasaporte para acreditar la entrada en fecha.
Además, el nuevo texto incluye que se debe haber permanecido de forma «ininterrumpida» durante los cinco meses anteriores al momento de presentar la solicitud.
Esto significa que no podrás salir de España en ningún momento en los 5 meses previos, antes de la presentación de la solicitud. Teniendo en cuenta que, las solicitudes podrán ser presentadas hasta el 30 de junio, no puedes haber salido de España entre los meses de febrero hasta la presentación.
ANTECEDENTES PENALES
Es obligatorio carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores.
Por tanto, es necesario acreditar mediante Certificado de antecedentes Penales (Apostillado) del país de origen.
En cuanto a los antecedentes penales de España, se recabarán de oficio. Esto significa que la propia Administración se encarga de ello.
Es cierto que, el texto regula que, si se ha solicitado el certificado de antecedentes penales del país de origen (Esto se debe poder demostrar), y transcurre 1 mes sin respuesta por parte de la administración de tu país, el Gobierno de España recabará la información directamente de tu país.
Por tanto, es falso que es posible tramitar la regularización sin los antecedentes penales de origen.
TASAS
En cuanto a la tasa a abonar, aún no se ha publicado el modelo necesario.
No obstante, el texto indica que será la regulada por la Orden PJC/617/2025, de 13 de junio.
Según dicha orden, la tasa por la tramitación de Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales es de 38,28€.
Entendemos que se tramitará conforme a las normas de los arraigos. Por tanto, se podría corresponder con esa tasa.
PERMISO DE TRABAJO
Cuando sea «admitida a trámite» la solicitud de la regularización, se autorizará a trabajar por cuenta ajena por cuenta propia en todo el territorio nacional.
Esto significa que, nos deben notificar una resolución de admisión a trámite donde indique este derecho.
No se tiene derecho a trabajar por el simple acto de solicitar la regularización.
MENORES
Los menores de edad que estén acompañados de sus padres podrán solicitar la regularización de forma simultánea. Es decir, junto con la solicitud de padre o madre.
Hay que acreditar el vínculo familiar a través de Certificado de nacimiento del menor.
ASCENDIENTES Y CÓNYUGE
Si las personas solicitantes tienen padre, madre, cónyuge o pareja que forme parte de la misma unidad de convivencia, podrán solicitar la autorización de forma simultánea.
Hay que acreditar el vínculo familiar, mediante certificado de nacimiento o Certificado de Matrimonio.
EXPEDIENTES DE EXPULSIÓN
En los casos que la persona solicitante esté incursa en un expediente de expulsión se quedará en suspenso hasta que se resuelva la residencia.
Es decir, si se concede la regularización se archivará la orden de expulsión y quedará sin efecto.
SOLICITANTES DE ASILO
Las personas que antes del 1 de enero de 2026 hubieran presentado una solicitud de asilo también pueden acceder a la regularización en las mismas condiciones que los anteriores.
Aún no sabemos la fecha de apertura del trámite de solicitudes. Sabemos que se presentarán hasta el 30 de junio de 2026.
Estará previsto que se comience a presentar solicitudes en abril de 2026.
